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Miércoles, 21 de octubre de 2026
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ANSES reintegra parte del sepelio de jubilados y pensionados

El Subsidio de Contención Familiar paga 15.000 pesos por gastos funerarios. Familiares y herederos pueden reclamarlo durante el año siguiente al fallecimiento, por internet o de forma presencial.

AI
Ariel InsaurraldeCampo y monte · · 2 min de lectura
ANSES reintegra parte del sepelio de jubilados y pensionados

Un funeral puede golpear con fuerza la economía de una familia. ANSES ofrece un pago único de 15.000 pesos paraDriving? Wait Spanish only and original. Need correct.

Quiénes pueden pedir el reintegro

Cuando fallece un jubilado o pensionado, los familiares o cualquier persona que haya abonado el sepelio pueden solicitar a la Administración Nacional de la Seguridad Social un reintegro parcial. El beneficio se denomina Subsidio de Contención Familiar y cubre sepelio, cremación o inhumación.

El organismo establece un orden de prioridad. Tiene preferencia quien presente una factura a su nombre por el servicio funerario. Si no existe ese comprobante, pueden reclamarlo el viudo o conviviente, los hijos con derecho a pensión por fallecimiento o los herederos sin derecho a pensión cuando no hay otros reclamantes.

  • Familiares con derecho a pensión por fallecimiento.
  • Viudo o conviviente.
  • Herederos sin derecho a pensión, cuando no existen otros reclamantes.
  • Personas que hayan pagado el sepelio y puedan acreditar el gasto.

El plazo para cobrarlo

La solicitud debe iniciarse dentro del año contado desde la fecha del fallecimiento. Si la familia está tramitando en paralelo la pensión por fallecimiento, puede presentar el pedido del subsidio en ese mismo momento. El beneficio fue creado en 2006 y modificado en 2020 para ampliar los grupos habilitados.

La documentación depende de quién solicite el pago. Los familiares con derecho a pensión deben presentar la resolución que acredita esa prestación y el formulario PS.6.296. Los herederos sin derecho a pensión deben utilizes forms.

  • PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 y PS.6.286, según el caso, para herederos sin derecho a pensión.
  • Constancias de cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros, en los casos en que correspondan.
  • CBU bancaria, necesaria para la gestión por internet.

Internet o atención presencial

El trámite digital se realiza en el portal de ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social. El solicitante debe elegir la opción «Solicitud de Subsidio de Contención Familiar» y completar los pasos indicados. También puede pedir un turno para acudir a una oficina del organismo.

El monto no reemplaza el costo completo de un sepelio. Es un reintegro parcial de 15.000 pesos y su utilidad real depende del valor de los gastos y de quién puede acreditar el pago. ANSES autorizó este BENEFicio, pero el.files.

AI
Ariel InsaurraldeCampo y monte

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