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Imputabilidad a los 14: entró en vigencia la ley 27.801 y ya hay menores fuera de su alcance

El nuevo régimen penal juvenil fija en 14 años el piso de responsabilidad penal y prevé hasta 15 años de privación de libertad para los delitos más graves. Al menos seis adolescentes acusados de homicidio quedaron excluidos porque cometieron los hechos antes de la entrada en vigencia.

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Emanuel SandovalPoliciales y judiciales · 5 DE SEPT DE 2026 · 3 min de lectura

El nuevo régimen penal juvenil argentino comenzó a regir este sábado, 180 días después de que la ley 27.801 fuera publicada en el Boletín Oficial. La norma reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y establece un esquema de sanciones graduadas según la gravedad del delito, según pudo reconstruir este portal con la información publicada por fuentes judiciales y legislativas.

La carátula central del cambio es la baja del umbral de imputabilidad. Hasta la entrada en vigencia de la reforma, los menores de 16 años eran considerados inimputables y solo podían ser derivados a institutos de menores hasta cumplir la mayoría de edad, sin antecedentes registrales.

Escalas de pena y modalidades de encierro

La privación de libertad quedó reservada para los casos más graves, entre ellos los homicidios. Para esos supuestos, la ley contempla tres modalidades: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.

La pena máxima para menores es de 15 años. Los dos tercios de la condena pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que en la práctica reduce el encierro efectivo a un máximo de diez años. Para delitos de menor gravedad, como hurtos y robos sin armas, la norma habilita sanciones alternativas al encierro.

  • Robos agravados con armas de fuego: los jueces pueden reemplazar la prisión por tobilleras electrónicas, prohibición de asistencia a determinados lugares o, en casos extremos, separación del menor de su entorno familiar si se acredita que ese entorno fomenta la actividad delictiva.
  • Dictamen pericial favorable como requisito para aplicar la pena alternativa.
  • Conformidad del Ministerio Público Fiscal y audiencia previa a la víctima.
  • Prohibición de beneficios para adolescentes con condenas previas o procesos con auto de procesamiento firme.

Los casos que la ley no alcanza

Desde la sanción de la norma en el Congreso hasta su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por razones de edad al momento de los hechos. Entre los expedientes que no cubrirá la ley figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena.

Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía quedar internado en un instituto solo hasta los 18 años, sin registro de antecedentes. Con el nuevo régimen, los hechos cometidos a partir de este sábado quedan alcanzados por el procedimiento penal ordinario para adolescentes de 14 y 15 años.

“La ley 27.801 fija en 14 años el piso de imputabilidad y prevé hasta 15 años de privación de libertad para los delitos más graves, con dos tercios de cumplimiento bajo libertad condicional.”Texto de la ley 27.801

El paso procesal que sigue en los expedientes en curso es la revisión de cada caso por la fiscalía interviniente para determinar si los hechos son alcanzados o no por la nueva norma, y en su defecto, la continuidad del tratamiento tutelar vigente hasta la mayoría de edad de los involucrados.

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Emanuel SandovalPoliciales y judiciales

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