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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Voces del Impenetrable

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Más de 4.300 pensiones por invalidez suspendidas: plazos y vías para recuperar el cobro

La Secretaría de Discapacidad dio de baja 4.329 prestaciones por no acreditar requisitos médicos. Los afectados tienen 60 días corridos para presentar la documentación.

AI
Ariel InsaurraldeCampo y monte · · 1 min de lectura
Más de 4.300 pensiones por invalidez suspendidas: plazos y vías para recuperar el cobro

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. Según el organismo, los titulares no entregaron la documentación necesaria para acreditar que siguen en situación de discapacidad. La medida se publicó mediante la Resolución 3702/2026.

Quiénes quedan afectados y qué plazos tienen

Los suspendidos tienen 60 días corridos para presentar los papeles faltantes. Si no lo hacen en ese período, la prestación no podrá ser rehabilitada. Además, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar el respaldo médico de su incapacidad laboral, con un plazo de 30 días hábiles.

El requisito central es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, el cobro no puede continuar.

Cómo presentar la documentación

  • En las oficinas de atención de ANSES.
  • En dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • A través del formulario de consultas del Ministerio de Salud en argentina.gob.ar.
  • Por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos lo analizan para determinar si corresponde rehabilitar el pago. Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos, el plazo empieza a correr desde la notificación individual.

La suspensión se produce después de que la Cámara Federal de Tucumán revocara en febrero de 2026 la sentencia de primera instancia que había restablecido el cobro de estas pensiones. Esa revocación habilitó la baja de los beneficios comprendidos en la causa.

AI
Ariel InsaurraldeCampo y monte

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