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Telefónica deberá pagar más de dos millones de pesos por líneascellulares no contratados en Neuquén

La Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó una indemnización de 600.000 pesos por daño moral y una multa civil de 1.473.684,21 pesos para una mujer a quien le fueron asociados cuatro servicios que nunca solicitó, después de más de un año de reclamos.

NC
Norma CharoleComunidades y derechos · · 3 min de lectura
Telefónica deberá pagar más de dos millones de pesos por líneascellulares no contratados en Neuquén

Cuando la mujer de Neuquén revisó sus datos personales, encontró una sorpresa que nadie había pedido: cuatro líneas telefónicas de Telefónica Móviles Argentina figuraban a su nombre. No las había contratado, no las había querido y, sin embargo, la arrastraron a un largo conflicto administrativo y judicial que recién encontró una resolución definitiva hace pocos días.

El problema apareció en abril de 2023 y se extendió hasta diciembre de 2024. Cuando dos de las líneas fueron desvinculadas, otras dos reaparecieron bajo su identidad, como si laiosaDDRLa irregularidad fuera persiguiendo a la consumidora mucho después de haber presentado sus primeras Averias.

Durante aproximadamente siete meses, la mujer realizó cuatro reclamos extrajudiciales. Entre las gestiones que documented figuran presentaciones directas ante la empresa, una instancia de conciliación prejudicial y una carta documento enviada en noviembre de 2023. Además, inició un proceso de hábeas data para pedir que se explicara el uso indebido de sus datos personales, una vía legal específica para esos casos en los que una persona requiere saber cómo se está utilizando su información.

La salida efectiva llegó recién con el recours a la Justicia. El 3 de septiembre de 2026, la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén rechazó la apelación de Telefónica y confirmó la sentencia de primera instancia.

Qué resolvieron los jueces

Los jueces Nancy Noemí Vielma y Juan Manuel Menestrina evaluaron la cantidad de reclamos presentations, la duración del problema y el desgastevonido a la consumidora. Para el tribunal, el daño moral en una relación de consumo puede acreditarse a partir de circunstancias objetivas, sin que resulta necesario aportar una prueba psicológica específica.

La incertidumbre permanente de aparecer asociada a servicios no contratados y a deudas que la mujer consideraba infundadas superó, según los jueces, las molestias habituales de cualquier relación comercial. En ese marco, la sentencia reconoció 600.000 pesos por daño moral y 1.473.684,21 pesos por daño punitivo, montos que quedaron confirmados en segunda instancia.

Telefónica había sostenido que se trataba de una confusión entre dos clientes con nombres similares, y había cuestionado tanto la existencia del daño moral como la multa civil. La Cámara no aceptó esa explicación.

  • Se confirmaron 600.000 pesos de indemnización por daño moral.
  • Se confirmó una multa civil por 1.473.684,21 pesos.
  • La consideran como antecedente las 37 sanciones aplicadas a la empresa por la autoridad de defensa del consumidor en los cinco años anteriores.
  • El fallo tiene como fecha el 3 de septiembre de 2026.

Para justificar el daño punitivo, los jueces mousieron en cuenta el historial de la compañía. Telefónica acumulaba 37 sanciones de la autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor en los cinco años previos al fallo. Según la explicación de la Cámara, esta figura busca desalentar las conductas que perjudican a los consumidores y evitar que, para la empresa, resulte más conveniente reincidir que corregir el problema.

Este caso deja una señal clara para los consumidores: un error administrativo, por más que la empresa lo atribuya a una confusión entre clientes, no se resuelve con respuestas automáticas ni con la primera gestión. Cuando una línea ajena aparece a nombre de una persona, el camino pasa por documentar cada reclamo, exigir respuesta formal y avanzar en las instancias que correspondan.

La comunidad que recurrió a la Justicia pidió que se reconociera el daño moral y que la empresa asumiera una consecuencia económica por el daño punitivo. La respuesta fue el fallo de la Cámara de Apelaciones de Neuquén, que rechazó el recurso de Telefónica y dejó firme la condena por un monto superior a los dos millones de pesos.

NC
Norma CharoleComunidades y derechos

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